La Policía Nacional y sanciones aplicadas por incumplimiento al aislamiento preventivo obligatorio
El gobierno nacional expidió el Decreto 457 del 2020 mediante el cual se imparten instrucciones para el cumplimiento del Aislamiento Preventivo Obligatorio de 19 días en todo el territorio colombiano, por tal razón las personas están obligadas a cumplirla ya que quien viole las medidas adoptadas y las instrucciones dadas, se verá sujeto a sanción de tipo penal prevista en el artículo 368 del Código Penal, es decir, incurrirá en prisión de cuatro 4 a 8 años, y tendrá que pagar las multas que ordena el Decreto 780 de 2016, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Según cifras de la Policía el 25 de marzo del 2020 se han sancionado 2011 personas en el territorio nacional por violar el primer día que empezó a regir el aislamiento decretado por el Gobierno, de los cuales 23 están relacionados con el consumo de bebidas alcohólicas pese a la restricción; 58 por violar las restricciones de movilidad; y 1.930 por incumplir el aislamiento así mismo Las ciudades con más comparendos son Bogotá (812), Medellín (103) y Pereira (42).

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